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Obscenidad y el Artículo 175 del Código Penal Japonés:
Pequeña Introducción a la Censura Japonesa

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Desde el final de la Segunda Guerra Mundial las leyes de obscenidad, así como de la difusión de material difamatorio e injurioso, han representado la única restricción oficial de la libertad de expresión garantizada en el artículo 21 de la Constitución de 1947, en cuyo párrafo 2 se lee que "ningún tipo de censura será mantenida" (1). El término obscenidad (waisetsu) apareció por primera vez en el artículo 259 del Código Penal de 1880. Sin embargo, es el artículo 175 de este mismo código el que permanece como la principal base legal para prevenir la obscenidad, y si hay una ley en Japón que haya regulado más sobre lo que se puede leer en periódicos y otro tipo de publicaciones, y lo que se puede ver en pinturas, mangas y películas ésa es sin duda el artículo 175 del Código Penal japonés. Este artículo, alterado varias veces desde su implementación en 1907, estipula que "aquella persona que distribuya, venda o exhiba públicamente un texto, una imagen u otro tipo de material obsceno, será castigado con una pena de más de dos años y una multa de no más de 2 millones y medio de yenes. La misma pena se aplicará a la persona que posea lo anterior para el propósito de su venta".

No obstante, no existe una cláusula en este artículo que defina el término "obsceno" y las autoridades judiciales y administrativas no se han visto legalmente forzadas a especificar lo que constituye el término "material obsceno" (2). No es de extrañar por tanto que las interpretaciones hayan sido múltiples sobre como aplicar dicho artículo. Con respecto a medios visuales como el manga o el cine, los tribunales han venido a interpretar la noción de obscenidad en este artículo como la representación pública del vello púbico, los genitales del adulto y el acto sexual. Desde esta manera, todo tipo de material visual aparece censurado con lo que en Japón se denomina como bokashi (velado) (blurring o fogging en inglés). La definición extremadamente vaga del término obscenidad y las numerosas inconsistencias en decisiones judiciales relacionadas con la obscenidad (3) desde el final de la Segunda Guerra Mundial son centrales en el debate actual en Japón sobre la libertad de expresión.

Confiscación de las copias de EL AMANTE DE LADY CHATTERLEY

La base para la actual interpretación del término obscenidad fue desarrollada en respuesta a la traducción y distribución de la novela "El Amante de Lady Chatterley" del escritor británico D.H. Lawrence en Japón en los años cincuenta. En 1950, el editor Kyujiro Koyama y el traductor Sei Ito eran acusados de obscenidad por la traducción, publicación y distribución de la novela. El fiscal acusador insistió que la novela, en especial doce pasajes contenidos en ella, era obscena para el público en general y, por lo tanto, su exposición pública representaba un crimen definido en el artículo 175 del Código Penal. Los acusados, por otro lado, mantenían que la interpretación que el fiscal hacía del código penal era inapropiada y anticonstitucional. Tras un serie de disputas en los tribunales locales, el caso fue llevado al Tribunal Supremo en 1957. El 13 de marzo de ese año, el Tribunal Supremo pasó sentencia y decidió que los 12 pasajes en litigio infectaban todo el libro con obscenidad, respaldando las acusaciones presentadas por el fiscal de que la descripción de los actos sexuales en estos 12 pasajes eran demasiado osadas, detalladas y realistas (4). Traductor y editor fueron obligados a pagar una multa y la publicación del libro fue prohibida.

Pero lo más interesante del caso fue la interpretación que el Tribunal Supremo ofreció del término obsceno bajo el artículo 175. Este decretó que un trabajo podría ser considerado obsceno si "despertaba y estimulaba el deseo sexual, ofendía el sentido común del pudor y violaba los conceptos adecuados de la moralidad sexual" (5). Con esta decisión del Tribunal Supremo el caso de El Amante de Lady Chatterley representó un primer punto de referencia sobre el significado del término obscenidad y la consecuente aplicación de la ley 175 del Código Penal.

Gradualmente los tribunales han aceptado que el mérito artístico es un factor mitigador para determinar si un trabajo es obsceno y justificar su censura (6). En 1959 y 1960 aparecía publicada una traducción abreviada del trabajo del Marqués de Sade "La historia de Juliette o Las Prosperidades del Vicio". La traducción en cuestión, realizada por Tatsuhiko Shibusawa, había sido publicada en dos volúmenes de los cuales Los Viajes de Juliette se convirtió en el blanco de la acusación. Traductor y editor, Kyoji Ishii, fueron llevados a juicio en 1960 por la venta y posesión de literatura obscena. El 16 de octubre de 1962 el Tribunal de Distrito de Tokio consideró que 14 pasajes de la traducción eran ofensivos y violaban el decoro público, pero absolvió a los acusados de los cargos de obscenidad razonando que, si bien estos pasajes ofendían el sentimiento de pudor del ciudadano medio y contravenían los conceptos aceptables de la moralidad sexual, fracasaban en su reclamo para incitar cualquier tipo de pasión sexual ya que eran demasiado brutales e irreales y, por lo tanto, no se podrían considerar como obscenos bajo el artículo 175. (7) (8).

No obstante, el 21 de noviembre de 1963 el Tribunal Superior de Justicia de Tokio discrepó con la decisión del Tribunal de Distrito de Tokio y encontró a los acusados culpables de obscenidad. En su fallo del 15 de octubre de 1969, el Tribunal Supremo ratificó la decisión del Tribunal de Distrito de Tokio. En esta ocasión la mayoría del jurado expuso, mucho más claramente que durante el proceso El Amante de Lady Chatterley, que si un trabajo incluía secciones obscenas, éstas convertían todo el trabajo en obsceno y, mucho más importante, por primera vez se aplicó los estándares del bienestar social delineados en los artículos 12 y 13 de la Constitución para limitar la libertad de expresión garantizada en su artículo 21. A pesar de pronunciar un veredicto de culpabilidad, el Tribunal Supremo dio a entender que pudiera haber casos en que la calidad artística e intelectual de una obra moderaría el estímulo sexual provocado por secciones obscenas hasta un grado menor del que podría ser considerado como objeto de castigo bajo el artículo 175 del Código Penal y de esta manera negar la obscenidad del trabajo (9).

LA HISTORIA DE JULIETTE O LAS PROSPERIDADES DEL VICIO traducida al japonés por Tatsuhiko Shibusawa

Con referencia al cine NIKUTAI NO ICHIBA (El Mercado de la carne) está considerada como el primer trabajo cinematográfico en ser acusada de obscenidad (así como el primer ejemplo del pinku-eiga) desde el final de la guerra. Dirigida por Satoru Kobayashi, descrito como el padre de este género erótico japonés, NIKUTAI NO ICHIBA abrió en las salas del país el 27 de febrero de 1962 provocando una controversia enorme. Al día siguiente de su estreno, las fuerzas del departamento de la Policía Metropolita de Tokio suspendieron la proyección del largometraje acusándola de obscenidad. NIKUTAI NO ICHIBA fue reestrenada al año siguiente tras sufrir varios cortes por parte de los censores japoneses.

KUROI YUKI
Tetsuji Takechi

Por otro lado, la primera película japonesa en ser llevada a juicio con cargos de obscenidad fue KUROI YUKI (Nieve negra) dirigida por Tetsuji Takechi y producida por Nikkatsu, cuyo estreno tuvo lugar el 19 de junio de 1965. Las oficinas de Nikkatsu y la casa del realizador fueron redadas por la Policía Metropolitana de Tokio y todas las copias de la película confiscadas. KUROI YUKI representó otro momento muy importante en la historia de la censura japonesa y del artículo 175 por el hecho, muy significante, de que había sido aprobada previamente por EIRIN (abreviación de Eirin Kanri Iinkai o Comité del Código Ético Cinematográfico; comité de censura independiente y no gubernamental elegido y regulado por los propios miembros de la industria cinematográfica japonesa). Claramente antiamericana en su contenido temático, y acusada de racista y ultra-nacionalista por varios críticos de cine, una de sus escenas en litigio era la de una joven desnuda corriendo a lo largo de la verja de la base aérea de Yokota. La escena había sido rodada en una toma larga y su duración era de unos cinco minutos. Takechi alegaba en su defensa, quizá con el caso de Sade en mente, su uso de tomas largas por razones estilísticas y artísticas.

Takechi continuaba que un montaje de primeros planos y cortes rápidos, los cuales evitarían mostrar el vello púbico, no se ajustaban al modelo de la supuesta estética tradicional japonesa. El caso llamó la atención de los medios públicos por el apoyo que el realizador recibió de varios miembros del gremio artístico japonés con afinidades políticas tan dispares como Yukio Mishima, Nagisa Oshima o Kobo Abe, entre otros, quienes defendían el valor artístico del largometraje y la libertad de expresión del artista. El director finalmente fue declarado libre de todos los cargos de obscenidad el 17 de septiembre de 1967. (10)

A pesar de la polémica que despertó el largometraje, la mayoría de los críticos de cine consideran el caso del director Nagisa Oshima como el más importante con respecto a la ley 175. Pero antes de entrar en detalles en este tema es obligado mencionar el caso de cuatro películas del género roman-porno producidas por Nikkatsu, también acusadas de obscenidad en 1972 por el departamento de la Policía Metropolitana de Tokio para ser finalmente absueltas de cualquier cargo en 1980. En lo que se refiere a estos cuatro largometrajes es necesario destacar dos puntos. El primero de ellos es que los cuatro roman-porno en cuestión, y como ya le había ocurrido a KUROI YUKI con anterioridad, habían sido aprobados, sin recibir ningún tipo de censura, por Eirin. El segundo punto a considerar, y quizá incluso mucho más interesante, es que en este caso hasta 3 miembros de la propia Eirin eran llevados a juicio por primera vez con cargos de obscenidad.

El género del pinku-eiga dio comienzo su andadura el 20 de noviembre de 1971 con el largometraje DANCHIZUMA HIRUSAGARI NO JOJI (Apartamento de una Esposa: una Aventura Amorosa por la Tarde, también conocida por su título en inglés From Three to Sex, Del tres al sexo) de Shogoro Nishimura y no tardó mucho en crear cierta controversia. En enero de 1972, el departamento de la Policía Metropolitana de Tokio redaba los estudios y las oficinas de la productora Nikkatsu y las oficinas de Eirin y confiscaba todas las copias de tres pinku eiga: KOI NO KARIUDO: LOVE HUNTER dirigido por Seiichiro Yamaguchi, OL NIKKI: MESUNEKO NO NIOI (Diario de una oficinista: el olor de una gata) dirigida por Katsuhiko Fuji y JOKOSEI GEISHA (La estudiante de secundaria geisha) dirigida por Kaoru Umezawa. Tres meses más tarde, otro filme del mismo género, AI NO NUKUMORI (El calor del amor), está vez dirigido por Yukihiko Kondo, era también confiscado y declarado obsceno por la policía.

KOI NO KARIUDO: LOVE HUNTER
Seiichiro Yamaguchi

Curiosamente, la protagonista de AI NO NUKUMORI, la actriz Mari Tanaka, quien también había protagonizado KOI NO KARIUDO: LOVE HUNTER, se convertiría en la heroína de diversos grupos antigubernamentales ya que dos de sus trabajos habían sido censurados por las fuerzas del orden en un espacio de tres meses.

Un grupo total de nueve personas, que incluían a tres realizadores y tres miembros de Eirin, fue llevado a juicio con cargos de obscenidad, un juicio que duro 8 años. En julio de 1980, los nueve acusados eran absueltos de cualquier cargo de obscenidad. En el primer fallo pronunciado en 1978, el Tribunal de Distrito de Tokio declaró que aunque las películas contenían elementos obscenos (waisetsu), no veían que el conjunto total de la películas pudiera ser tal como para imputarlas con cargos de obscenidad. En el segundo fallo, julio de 1980, se volvió a repetir que aunque había elementos de obscenidad en todos los largometrajes, los creadores de los mismos no habían tenido la intención de infringir la ley.

A la espera del resultado de su caso, el director Yamaguchi Seiichiro mientras tanto rodaba otro trabajo erótico con el título de KOI NO KARIUDO: YOKUBO (Cazador de amor: Deseo en el que la protagonista, una estudiante trabajando de stripper, era arrestada por la Policía Metropolitana de Tokio acusada de los mismos cargos de obscenidad con los que el propio director había sido imputado. Por otro lado, uno de los realizadores de pinku-eiga más respetados, Tatsumi Kamishiro, también tenía sus encontronazos con la censura y veía como el 29 de mayo de 1973 la proyección de su largometraje ONNAJIGOKU NO MORI WA NURETTA (El bosque húmedo de una mujer infernal) era suspendida por la intervención de la policía quien pedía a Eirin revisar el largometraje una vez más. Hasta el momento ningún otro largometraje ha sido llevado a juicio por obscenidad tras estos cuatro ejemplos del género del roman-porno.

Pero sin duda, el caso más famoso fue el del Nagisa Oshima y su trabajo AI NO CORRIDA (El Imperio de los Sentidos. Curiosamente, la película nunca fue llevada a juicio, sino la publicación de un libro que contenía ensayos escritos por el realizador, el guión del largometraje y en especial 12 fotografías que acompañaban el texto. Aunque rodada casi clandestinamente en Japón por un equipo técnico compuesto casi exclusivamente de japoneses, AI NO CORRIDA era considerada como una producción francesa. Los rollos de película habían sido importados desde Francia y el material rodado había sido enviado a un laboratorio francés para su revelado y montaje.

AI NO CORRIDA
Nagisa Oshima

Su estreno mundial tuvo lugar en la sección "Director's Fortnight" del festival de Cannes del verano de 1976 y el 26 de septiembre de ese año se estrenaba en cines comerciales de París. Mientras tanto, el libro con los ensayos, el guión y la colección de fotos se publicaba en Japón y era llevado a juicio con cargos de obscenidad a finales de Julio, incluso antes de que el propio filme fuera importado en Japón. Oshima ha admitido que el juicio por el libro sólo fue una cabeza de turco para reemplazar el posible juicio de la película. La distribución del largometraje importado desde Francia fue bloqueada inicialmente por el servicio de aduanas bajo la sección 21 de la ley de tarifas, ley que se aplica en los controles de aduanas de aeropuertos internacionales a productos importados (11). Sólo después de que un tercio del largometraje fuera alterado por parte de los censores se dio el visto bueno para su estreno en Japón, el cual tuvo lugar a finales de 1976. Hasta estos días todavía no se ha proyectado o distribuido en video o en DVD una versión sin censurar de AI NO CORRIDA. La versión lanzada en el 2000 titulada AI NO CORRIDA 2000 aparecía sin ningún corte, con los cinco minutos que habían sido suprimidos en su estreno inicial, pero todavía con numerosos bokashi digitales en muchas escenas (12).

Como he dicho anteriormente, el libro fue llevado a juicio por la Agencia Nacional de Policía con cargos de obscenidad. Doce fotos tomadas durante la producción (denominadas en inglés production stills) del largometraje fueron consideradas obscenas por mostrar poses de un hombre y una mujer durante el coito o en juegos sexuales (13) así como nueve pasajes del texto en los cuales se describe francamente a un hombre y a una mujer durante el coito o en juegos sexuales (14).

Oshima pidió al tribunal que le explicara los estándares filosóficos, políticos, legales, conceptuales y visuales en los que se basaba para censurar las fotografías de la producción del largometraje como obscenas. Oshima también exigió al tribunal que le explicara los términos "coito" y "juego sexual" y los casos en que las fotos de poses durante el coito o en juegos sexuales no podrían ser consideradas como obscenas. De nuevo, Oshima exigió al tribunal que le recomendara como cuanto debería recortar las fotos para que no fueran consideradas obscenas. Oshima, en su defensa, aclaró que ya que las fotos aparecidas en el libro eran las denominadas production stills, la autoría de las mismas no recaía en su persona sino en la figura de un fotógrafo profesional. Aún más, los negativos de estas fotos no eran de su propiedad sino de la de la compañía productora del largometraje, Argos Films. De la misma forma, Oshima solicitó al tribunal que le aclarara los barómetros por los que se juzgaban nueve pasajes del guión como obscenos. El tribunal no se hizo voz a estas demandas y Oshima fue absuelto de cualquier cargo en 1982 sin que el Tribunal Supremo aclarara ningún punto relacionado con el significado del término obscenidad. En 1979 la editorial San'Ichishobo ya había sido declarada inocente de los cargos de publicación de literatura obscena.

AI NO CORRIDA
Lo que Japón no puede ver

Por lo general, las películas y las publicaciones extranjeras siempre han recibido un trato mucho más indulgente por parte de los censores japoneses, quizá por la presión ejercida por parte de artistas, directores, editores e incluso gobiernos extranjeros. De esta manera, el veredicto dado por el Tribunal Supremo durante el Caso de Sade, en el que la calidad artística e intelectual de una obra moderaría el estímulo sexual provocado por secciones obscenas, fue el motivo por el que Eirin decidió pasar sin ningún tipo de bokashi una escena en el film alemán sobre el pintor Goya titulado GOYA-ODER DER ARGE WEG DER ERKENNTNIS, estrenada en Japón en septiembre de 1972. En esta escena la modelo utilizada para la realización de la obra maestra La Maja Desnuda posaba en un desnudo frontal. Años más tarde, concretamente en junio de 1985, durante el primer Festival Internacional de Cine de Tokio, otros tres largometrajes extranjeros que incluían desnudos frontales eran proyectados sin ningún tipo de bokashi. El primero en llevarse este honor fue 1984, dirigido por Michael Bradford y basada en la novela de George Orwell. Las otras dos fueron EL BESO DE LA MUJER ARAÑA de Héctor Babenco y EN COMPAÑÍA DE LOBOS de Neil Jordan. En este caso, los realizadores Michael Bradford y Héctor Babenco habían amenazado con retirar sus trabajos del certamen si se censuraba aunque sólo fuera un fotograma de los largometrajes. No obstante, a pesar de que las tres películas fueron proyectadas sin censurar por las presiones de los directores y la magnitud del certamen en su primerísima edición, se dejó bien claro que esto sólo había sido una excepción y que los tres trabajos tendrían que ajustarse a las leyes locales si se preparaba su distribución comercial. Finalmente, los tres filmes sólo fueron exhibidos en festivales de cine y su proyección en salas de cine comerciales o su distribución nacional en video no llegó a materializarse.

AI NO SHINSEKAI
Banmei Takahashi

Sería más adelante, concretamente en mayo de 1992, cuando un largometraje que incluía numerosos desnudos frontales era distribuida comercialmente en cines nacionales y posteriormente era editada en vídeo sin ningún tipo de censura. Este largometraje fue el francés LA BELLA MENTIROSA, dirigido Jacques Rivette y el cual había sido proyectado en el Festival Internacional de Cine de Tokio del año anterior. AI NO SHINSEKAI (New Love in Tokyo) del director Banmei Takahashi, estrenada el 17 de diciembre de 1994, con sus varios desnudos frontales de las actrices Sawa Suzuki y Reiko Kataoka pasó a convertirse en la primera película japonesa en estrenarse comercialmente sin bokashi. El haber estado basada en un libro de retratos de prostitutas de Tokio realizados por el famoso fotógrafo japonés Nobuyoshi Araki, hubiera sido uno de los factores a la hora de no censurar dicho film.

SANTA FE

A partir de mediados de la década de los ochenta, la ley 175 se había ido relajando gradualmente, culminando en la publicación en 1991 de un libro de fotos de desnudos de la actriz Kanako Higuchi titulado Water Fruit, donde, por primera vez, se podía ver el vello púbico en una publicación. Las fotos fueron realizadas por Kishin Shinoyama, uno de los fotógrafos japoneses más famosos del momento. Mucha más fama alcanzó otro libro de fotos del mismo artista, publicado en noviembre de ese mismo año, en el que aparecía desnuda, y mostrando el vello púbico en un par de retratos, la famosa actriz, cantante y modelo Rie Miyazawa (TASOGARE SEIBEI, El Ocaso del Samurai). El libro en cuestión llevaba el título de Santa Fe y es, hasta este momento, el mayor best-seller de este tipo de publicaciones. La publicación de estos libros de fotos sin ningún tipo de censura por parte de la policía provocó el denominado hair nude boom en Japón. A partir de este momento, la exposición pública del vello púbico dejó de ser unos de los estándares por los que se aplicaba el artículo 175 sobre obscenidad y su aparición en diversas publicaciones era permitida gradualmente siempre y cuando no se mostraran los genitales.

WATER FRUIT

Según el director de pinku-eiga, Takahisa Zeze ha comentado como las leyes se han relajado un poco y ahora se permite enseñar el vello púbico en largometrajes siempre y cuando no se muestre acompañado del acto sexual. Las leyes en Japón prohíben cualquier tipo de escenas que muestren completamente desnudos a actores en el acto sexual, aunque éste sea simulado. La exposición de genitales también va dejando de ser, poco a poco, un objeto de censura en películas exhibidas en Japón si se aplican las reglas anteriores (15).

MISSHITSU
(Honey Room)

No obstante, en abril del 2002 se llevaba a juicio por primera vez a un manga, Misshitsu (Habitación de miel) con cargos de obscenidad causando un auténtico revuelo y comenzando un debate sobre la libertad de expresión y la presencia omnipresente de mangas de contenido sexual a lo largo y ancho del país. En enero de 2004 el Tribunal de Distrito de Tokio pasó sentencia y castigó con un año de prisión al editor del manga, Motonori Kishi por violar la ley 175 del Código Penal sobre la venta y distribución de literatura obscena. En esta instancia el presidente del jurado había declarado que el manga era demasiado gráfico. Dada la enorme variedad de material pornográfico en todo tipo de formato a la venta en Japón, la decisión del jurado ha provocado cierta incredulidad. Kishi apeló al Tribunal Superior de Justicia de Tokio alegando una violación de la libertad de expresión. La sentencia impuesta en el primer fallo fue reducida en junio de ese mismo año por el Tribunal Superior de Justicia de Tokio a pagar una multa de un millón y medio de yenes. No obstante, el presidente del jurado rechazó rotundamente las alegaciones del acusado de que el artículo 175 del código penal es anticonstitucional ya que viola la libertad de expresión protegida por el artículo 21 de la constitución de 1947.

Tanto el Tribunal de Distrito como el Tribunal Superior de Justicia de Tokio basaron sus decisiones sobre la obscenidad del manga en los tres prerrequisitos expuestos en 1957 en el fallo del Tribunal Supremo de Justicia en referencia a la traducción de la novela El Amante de Lady Chatterley. Un trabajo podría ser considerado obsceno si "despertaba y estimulaba el deseo sexual, ofendía el sentido común del pudor y violaba los conceptos adecuados de la moralidad sexual".

El juicio del manga trae a la memoria el de los cuatro pinku-eiga en los años setenta. Aquí se debe matizar una vez más que desde la sentencia de inocencia dada a estos cuatro largometrajes eróticos en julio de 1980 ningún otro largometraje ha sido llevado a juicio por obscenidad. Kishi ha declarado que no entendía por qué sólo su publicación había sido llevada a juicio. Todos los casos expuestos en este artículo no hacen más que subrayar la arbitrariedad, la falta de consistencia y la relativa anticonstitucional con la que se aplica el artículo 175 del Código Penal japonés y cuestionan la validez del sistema judicial japonés. Muchos comentaristas encuentran este artículo anacrónico y han señalado en numerosas ocasiones que viola el artículo 21 de la Constitución, el cual garantiza las libertades de reunión y asociación, así como la libertad de expresión, prensa y cualquier otra forma de expresión. También se declara que ningún tipo de censura será mantenido ni que el secreto de cualquier forma de comunicación será violado.

No obstante, y en su defensa, los tribunales siempre ha declarado que la libertad de expresión garantizada por el artículo 21 de la Constitución no es absolutamente incondicional ya que no debe usarse en contra del bienestar social. Los tribunales han continuado que no hay ninguna duda que los esfuerzos para proteger el orden sexual y para mantener los estándares básicos de la sexualidad moral están contenidos en el concepto de bienes social estipulados en el artículo 12 de la Constitución. El punto importante a considerar en los fallos de culpabilidad por obscenidad impuestos por el Tribunal Supremo como en el caso El Amante de Lady Chatterley es que el Tribunal Supremo ha dado mas prioridad al artículo 12 de la Constitución que al artículo 21. En pocas palabras, El Tribunal Supremo ha reconocido y declarado que la libertad de expresión es limitada.

No sólo el artículo 175 del Código Penal ha sido acusado de ser anticonstitucional sino también las Leyes de Aduana. Los servicios de aduanas tienen la autorización para confiscar y destruir material obsceno importado a través de películas, publicaciones, pinturas o fotografías. Varias veces se ha combatido el derecho del gobierno para llevar a cabo tales actividades. Sin embargo, en 1984 el Tribunal Supremo decidió que la reexaminación de libros y revistas por parte de las autoridades aduaneras no constituía censura (16). Según el artículo sobre obscenidad que aparece en la Japan: An Illustrated Encyclopedia de Kodansha (p. 1122), las leyes y la sociedad japonesas han sido bastante tolerantes con respecto a material erótico y señala que la obscenidad está principalmente regulada por una elaborada combinación de mecanismos gubernamentales y no gubernamentales tales como códigos éticos impuestos y administrados por las propias editoriales, compañías cinematográficas y otro tipo de organizaciones de medios de comunicación. De esta manera, tenemos la ya mencionada Eirin o el Consejo Ético de Publicaciones (Shuppan Rinri Kyogikai, establecido en 1963), Los Principios Éticos del Periódico (Shimbun Rinri Koryo, establecidos en 1946). Además, en 1955 diversas organizaciones de medios de comunicación formaron una serie de grupos autorregulados y con sus códigos éticos auto impuestos en respuesta a campañas de ciudadanos para la aprobación de leyes para la protección de la moralidad de la juventud. Y, por supuesto, no nos olvidemos de las numerosas organizaciones creadas por ciudadanos por esa época las cuales incluyen la Sociedad para la Protección del Niño (Kodomo o Mamoru Kai), El Consejo Central para los Problemas de la Juventud (Chuo Seishonen Mondai Kyogikai), Prohíbe Libros Dañinos (Akusho Tsuiho) y La Sociedad para Promover Autodisciplina en Publicaciones (Ahuppan no Jishuku o Motomeru Kai).

Kensuke Tamai cuestiona la eficacia de todas estas organizaciones de autocensura y de acción ciudadana para defender la libertad de expresión (17). Mucho más paradójico, y un elemento de la cultura japonesa que ha fascinado y dejado perplejo a un buen número de comentaristas, es que a pesar de la enorme cantidad de publicaciones y películas pornográficas con elementos ultra sádicos y ultra violentos que visualizan una surtido inimaginable de todo tipo de fetiches y practicas sexuales minoritarias, la única preocupación de los censores ha sido ocultar el vello púbico y los genitales. La pregunta ahora es ¿durante cuánto más tiempo la democracia con la segunda economía más poderosa del mundo continuará con estas prácticas de censura justificada vagamente y confusamente por diversos fallos del Tribunal Supremo y que son claramente anticonstitucionales?. Hasta ese momento las partes privadas en mangas y filmes permanecerán eso, privadas.



Notas

  1. Japan: An Illustrated Encyclopedia, p. 170.
  2. (volver)

  3. Alexander, James R., p.154.
  4. (volver)

  5. El Tribunal Supremo expuso los estándares para juzgar el término obscenidad como aquél que "despertaba y estimulaba el deseo sexual, ofendía el sentido común del pudor y violaba los conceptos adecuados de la moralidad sexual. El Tribunal Supremo también dictaminó que la protección de la libertad de expresión otorgada por el artículo 21 de la Constitución no excluía la prohibición de la obscenidad. En 1969, sin embargo, el Tribunal Supremo reconoció que el valor artístico e intelectual en trabajos, que de otra manera podrían ser prohibidos por obscenidad, pudiera garantizar la libertad de espresión académica. Ese mismo año y luego en 1971, el Tribunal Supremo decretó que la obscenidad debería de ser juzgada en referencia a la totalidad de la publicación y que las intenciones del autor, el editor y los lectores no deberían ser consideradas. No obstante, en 1970 el Tribunal había admitido que debería de tomarse en consideración la naturaleza de los lectores potenciales de publicaciones en idiomas extranjeros (Kensuke Tamai, Censorship en Kodansha Encyclopedia of Japan, Tomo 1, 1983, p. 254).
  6. (volver)

  7. Judgment upon case of translation and publication of LADY CHATTERLEY'S LOVER and Article 175 of the PENAL CODE. (volver)

  8. Alexander, James R., p.155.
  9. (volver)

  10. Ibid, p. 155. (volver)

  11. Ibid, p. 155-156, 165.
  12. (volver)

  13. Otro caso en el que el Tribunal Supremo pronunció su opinión sobre los estándares del término obscenidad fue den 1980 tras la reedición del trabajo del novelista Nagai Kafu Yojohan. Como la experta en censura japonesa dice durante el juicio de Yojohan el Tribunal Supremo ofreció su exposición más clara sobre la obscenidad declarando que ésta debería juzgarse según cinco criterios: 1) el relativo descaro, detalle y estilo general de la representación en un trabajo del comportamiento sexual ; 2) La proporción que ocupa la descripción sexual dentro del trabajo; 3) el lugar que asume el sexo dentro del contenido intelectual del trabajo en su totalidad; 4) el grado con el que contenido artístico e intelectual del trabajo mitiga la excitación sexual inducida por el texto; 5) la relación entre el contenido sexual y la estructura y el argumento de la historia (Allison, Anne, Notes 10).
  14. (volver)

  15. De Sade case, Kodansha Encyclopedia of Japan, Tomo 2, p. 87-88. (volver)

  16. Situada en un prostíbulo construido al lado de la base aérea de Yokota, KUROI YUKI cuenta la historia de un joven perturbado mentalmente quien, tras haber visto a su madre en la cama con un soldado de color, es incapaz de excitarse sexualmente sin tener en las manos una pistola cargada. Esa noche apuñala hasta la muerte al soldado y a su madre. Al final, es capturado y fusilado por la policía militar (Sharp, Jasper Black Snow Review).
  17. (volver)

  18. La obscenidad es regulada por una plétora de leyes incluidas en La Ley de Salas de Espectáculos, La Ley de Radiodifusión y Emisión, La Ley de Prisiones, La Ley Reguladora de Negocios Concernientes a la Moral Pública y La Ley de Protección de Menores entre otras
  19. . (volver)

  20. Schilling, Mark.
  21. (volver)

  22. Oshima, Nagisa, p. 269.
  23. (volver)

  24. Ibid, p. 273.
  25. (volver)

  26. Sharp, Jasper y Mes, Tom.
  27. (volver)

  28. Japan: An Illustrated Encyclopedia,p. 171.
  29. (volver)

  30. Kodansha Encyclopedia of Japan, Tomo 1, p.254.
  31. (volver)

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Wikipedia Japan: Hair Nude.

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©Joaquín da Silva
Fecha de Publicación: 1/12/2005
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